Los cambios legislativos en Argentina que garantizan las denuncias por abuso a niños, niñas y adolescentes
Las estadísticas de la Organización Mundial de la Salud y Unicef señalan que 1 de cada 5 niñas y 1 de cada 13 niños sufren algún tipo de abuso sexual durante la infancia. Aproximadamente el 35% son menores de 7 años.
En relación a los perpetradores aproximadamente el 95% son varones y las estadísticas indican que alrededor del 90% son familiares o pertenecen al entorno de confianza de la familia de los niños. Se calcula que de cada 1000 casos solo 100 se denuncian y apenas uno se condena.
El término consentimiento no encaja en el contexto del abuso sexual infantil, porque los niños abusados sexualmente están siendo sometidos a la voluntad de quien abusa de ellos, voluntad que además se ejerce desde una posición de autoridad y con diversos niveles de coerción. Esta diferencia entre una niña y niño y el adulto da cuenta de un desequilibrio de poder marcado por la asimetría de edad y por el lugar de significación que tiene ese adulto para ellos. Esta asimetría de poder ubica siempre a la víctima en un alto estado de vulnerabilidad y dependencia. Nunca se acepta el consentimiento en los menores.
- Violación, exposición de los órganos sexuales, tocamientos, contacto genital oral, hacer que les niñes toquen al adulto en sus genitales, por encima o por debajo de la ropa,
- Explotación sexual comercial: supone su utilización para relaciones sexuales remuneradas, pornografía infantil, utilización de niños, niñas y niñes en espectáculos sexuales, donde exista además un intercambio económico o pago de otra índole para los niños o para un tercero intermediario.
- Trata de niños: implica el ofrecimiento, la captación, el transporte y/o traslado -dentro del país, desde o hacia el exterior-, la acogida o la recepción de niños, con fines de explotación sexual.
- Grooming: es la acción deliberada por parte de un adulto de acosar sexualmente a un niño o niña mediante el uso de internet.
La ESI cumple un rol fundamental para prevenir y dar herramientas a los niños para que puedan contar lo que les pasa. Muchos casos de abuso sexual fueron detectados en las escuelas luego de clases de ESI, donde una niña o niño tuvo la confianza necesaria para poder contar lo que estaba padeciendo. La Ley de Educación Sexual Integral en Argentina fue promulgada en el año 2006 garantiza el derecho de cada niño o niña y adolescente a recibir educación sexual integral, en la totalidad de los niveles y establecimientos educativos del país.
Abarca temas como el reconocimiento del propio cuerpo, la prevención e identificación de casos de violencia sexual contra los niños y las niñas, prevención de embarazos no deseados, la libertad de elección sexual, el cuestionamiento a estereotipos de género y a mandatos sociales que generan inequidad.
En los últimos 20 años en Argentina hubo modificaciones a la normativa que garantiza el acceso a la Justicia de niñas, niños y adolescentes abusados sexualmente, leyes que se fueron adecuando al impulso de las propias víctimas y que permitió ahora que un joven pudiera hablar cuando pueda hacerlo.
Fue con la sanción de la ley 25.087 en 1999, que sustituyó el título "Delitos contra la honestidad" por el de "Delitos contra la Integridad Sexual" en el Código Penal, un cambio conceptual que implicó dejar de lado las consideraciones ético-religiosas en la persecución de estas violencias.
Este cambio legislativo también implicó la derogación de un artículo que eximía de prisión a un delincuente sexual por casamiento posterior con la víctima, pero introdujo en su lugar la figura del "avenimiento" que fue eliminado recién en 2012.
Once años más tarde, se sancionó la ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que, entre otras cosas, estableció que tenían derecho a participar en todo procedimiento judicial en el que estaban involucrados y a ser escuchados en los tribunales.
Con la Ley número 26.705 conocida como Ley Piazza porque fue impulsada por el diseñador y presidente de una fundación contra el abuso sexual infantil. Tras años de militancia social logró que el proyecto ingresara en el Congreso, dónde recibió el respaldo de todos los bloques políticos
La ley fue ingresada en el Senado por María Eugenia Estenssoro, siendo aprobada por unanimidad, en el caso de la Cámara de Diputados, se aprobó por 200 votos a favor, ninguno en contra y dos abstenciones.
En el año 2011 la llamada “Ley Piazza” modifico el Código Penal, ampliando la prescripción del abuso de menores de edad, estableciendo que el delito comenzaba a prescribir a partir de que la Page 2 “2019 - Año de la Exportación” víctima cumple 18 años.
En 2015, dicha ley fue modificada ya que se amplió el tiempo de prescripción para comience a computarse desde el momento de la denuncia. La nueva ley, identificada con el número 27.206 y conocida como la ley de “Respeto a los Tiempos de las Víctimas” recoge la doctrina y jurisprudencia nacionales vigentes así como las normas internacionales a las cuales Argentina ha adherido y está obligada por el artículo 75 de la Constitución, como la Convención sobre los Derechos del Niño (1989)
Por estas leyes se modificó el Código Penal de manera que:
Artículo 1º.- Objeto. Esta ley tiene por objeto establecer la imprescriptibilidad de los delitos previstos en el Código Penal en los Artículos 119, 120, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 145 bis y 145 ter.
Información importante
*Atención especializada sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes
Línea 102 (gratuita y confidencial)
Línea 137 (Si sos víctima de violencia familiar o sexual)
Por provincias: https://www.argentina.gob.ar/desarrollosocial/linea102/areasninez
Urgencias al 911*
Fuente:
Télam
https://surcos.org
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